Aportación de Pruebas 6) EL PAPEL ILEGÍTIMO DE CAJASTUR COMO PROMOTOR

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, concluída la testifical inicialmente considerada por el Juzgado de Instrucción Nº5 DP 2.843/09 (2/10/2009), y a la vista de las declaraciones efectuadas, realiza la aportación de nuevas pruebas

Aportación de Pruebas

6) EL PAPEL ILEGÍTIMO DE CAJASTUR COMO PROMOTOR







Reaparece de nuevo la finca conocida como de Xicu Piñera,  por sus llevadores tradicionales.






Se identifica en la imagen, en las dos parcelas adscritas al plan y numeradas como 34 y 36, que habían sido municipales y posteriormente se inscribieron a nombre de la arrendataria, y después de sucesivas transmisiones, fueron adquiridas por la entidad Beyos y Ponga, S.A., una sociedad de CAJASTUR, en agosto del 2008.




Beyos y Ponga (CAJASTUR) además solicita, fuera de ley, incorporarse como promotor a la actuación, el 25/11/2008, con registro el 03/12/2008.




Se debe señalar que la Alcaldesa de Gijón representaba al Ayuntamiento en esas fechas como Vicepresidenta Primera de CAJASTUR, hasta su relevo mediante acuerdo municipal el 13/03/2009  (La Voz de Asturias 14/03/2009: 'Argüelles sustituye a Felgueroso en Cajastur').

Es decir que estaba en el cargo de Vicepresidenta Primera de CAJASTUR cuando se produjo la adquisición de las referidas parcelas, y también cuando se solicita por Beyos y Ponga (CAJASTUR) ser incluidos como promotores dentro del Plan Parcial.

Aportación de Pruebas 5) EL PAPEL ILEGÍTIMO DEL AYUNTAMIENTO COMO PROMOTOR

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, concluída la testifical inicialmente considerada por el Juzgado de Instrucción Nº5 DP 2.843/09 (2/10/2009), y a la vista de las declaraciones efectuadas, realiza la aportación de nuevas pruebas

Aportación de Pruebas

5) EL PAPEL ILEGÍTIMO DEL AYUNTAMIENTO DE XIXÓN COMO PROMOTOR EN EL PLAN DE CABUEÑES

En fecha 28 de junio de 2007, se presenta solicitud para su tramitación el Plan Parcial UZN C-1 por las mercantiles LOMAS BARAJAS, S.L., REYAL URBIS, S.A. y PROMO S.A., actuando representadas por el Arquitecto J. Ovidio Blanco Suárez.

Se incoa entonces en el Ayuntamiento el expediente 023999/2007 PLAN PARCIAL SECTOR UZN C-1, UNIVERSIDAD-CABUEÑES.

Al respecto, indicar que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Xixón consideraba este plan parcial a desarrollar mediante COMPENSACIÓN.



Ello significa que para su desarrollo no es necesaria la unanimidad de todos los propietarios, sino que pueden comenzar a promover la gestión aquellos que representen más del 50 % del suelo de la unidad, en este caso del plan parcial.

Junto con esta solicitud, se registra como proyecto el ‘PLAN PARCIAL UZN C-1’ ante el Ayuntamiento de Xixón un documento elaborado por los Arquitectos José Ovidio Blanco Suárez y Camelia Coto Suárez, en nombre de los promotores del Plan Parcial, en el que se cifra en ‘cerca del 54%’ sus propiedades, que dicen suman 138.471’47 m2 de la Unidad de Ejecución.

A este cálculo, los promotores indican que dicha superficie, unida a la de titularidad municipal, representa más del 64% del ámbito de la actuación, existiendo, según su criterio, ‘expectativas fundadas de poder contar en la Junta de Compensación que deberá constituirse en su momento, con no menos del 94% de la superficie de titularidad privada del ámbito’.

Es de notar que las parcelas que citan en este documento como de su propiedad (página 38 de la memoria) son 32, cuando en la relación contigua (página 39 de la citada memoria) figuran apenas 23 como adscritas a los promotores privados.

O sea, computan como adscritas a los promotores las fincas municipales, es decir, consideran al Ayuntamiento como un promotor más.

En esa misma relación, un resumen de propiedades con base en el parcelario catastral, en el que suman además las parcelas de titularidad municipal presentes en el ámbito, figura una proporción de suelo en manos de los promotores del 49’2693%, es decir, menos del 50% de superficie prevista legalmente para la tramitación del sistema de compensación.

Un mes antes de la solicitud de tramitación, en mayo de 2007, y con anterioridad también a la publicación del Texto Refundido de la adaptación del Planeamiento de Gijón a la Ley Autonómica asturiana del suelo que preveía el eventual desarrollo urbanístico del sector al que nos referimos, obraba el ‘Proyecto de actuación del sector UZN-C1 CABUEÑES GIJÓN’, en el que los promotores reflejan una relación de titularidades del parcelario afectado por el Plan Parcial en donde figuraban como propietarios del 50’4787% de dicho ámbito.

En este documento, no obstante, y en su página número dos, no se determina dicho porcentaje concreto de participación, ni ningún otro, tal y como se observa en la figura.



Con fecha 12 de julio de 2007, se formaliza por los promotores la solicitud de aprobación definitiva del Proyecto de Actuación acompañado del documento antes citado de mayo de 2007. La tramitación de este proyecto de actuación supone la incoación del expediente municipal 025304/2007 PROYECTO DE ACTUACIÓN UZN C1.

Con fecha 12 de julio de 2007, es decir, el mismo día del registro de la solicitud contemplada en el precedente numeral, se requiere por el Ayuntamiento de Gijón a los promotores para que aporten la documentación acreditativa de la propiedad de sus terrenos incluidos en la Unidad de Ejecución que nos mueve, indicándose expresamente que de no ser aportada dicha acreditación, se estará a lo dispuesto en el artículo 42,5 de la LPC, en cuanto al plazo máximo para resolver, por parte del concejal Sr. Sanjurjo.

Tras la consulta del expediente de gestión, no le consta a la Platafotma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes que se haya evacuado dicho requerimiento municipal, de extraordinaria significación ante la alteración y disparidad de titularidades aportadas por los promotores para empezar la operación.

Tras proceder al cotejo de las titularidades que los promotores indicaron al Ayuntamiento con el Registro de la Propiedad, de tal examen resulta que dichas propiedades en su poder no alcanzan el 50% previsto legalmente para la suscripción del Proyecto de Actuación.

Aportación de Pruebas 4) EL ARRANQUE DEL PROCESO

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, concluída la testifical inicialmente considerada por el Juzgado de Instrucción Nº5 DP 2.843/09 (2/10/2009), y a la vista de las declaraciones efectuadas, realiza la aportación de nuevas pruebas.

Aportación de Pruebas

4) EL ARRANQUE DEL PROCESO: Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) DE XIXÓN

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes está en condiciones de sostener y acreditar que el imputado, Ovidio Blanco, antes de abandonar su puesto en el Ayuntamiento de Gijón, había dejado ya cerrados todos los trámites que garantizasen que la zona de Cabueñes, en la que además se encuentra su parcela, fuese considerada como urbanizable.

La aprobación de los Planes Generales de Ordenación Urbana, o sus revisiones, deben incluir una serie de pasos sucesivos en los que se permite la participación pública para poder formular sugerencias, alegaciones, o impugnaciones a dichas propuestas.

Así, lo primero que ocurre es la aprobación municipal de la Información Pública Previa (Avance del Planeamiento), que en este caso se produce el 15/12/2003, estando todavía en el Ayuntamiento Ovidio Blanco en el ejercicio de sus funciones.

El trámite inmediatamente posterior es la publicación en el BOPA de esa INFORMACIÓN PÚBLICA PREVIA, en la cual se incluye una memoria explicativa de las líneas generales del Plan a desarrollar, con reflejo de las líneas de actuación, acompañada de planos.
En este caso, es de destacar que el Sr.Teixidor, responsable de Adaptación del PGOU de Xixón, dice que no acompañó a su trabajo ningún plano que supusiera un compromiso territorial en esta fase, cuando sí que existieron dos planos, como podemos acreditar.
Y además uno de esos planos de la Información Pública Previa, el que trata de la propuesta (el otro es reflejo de la situación anterior), se encuentra con fecha, no de diciembre del 2003, sino del 2004, perteneciendo a la fase posterior de la APROBACIÓN INICIAL.
Esto, sumado a lo que diremos a continuación, nos lleva a la indudable conclusión que en diciembre del 2003, el Ayuntamiento de Xixón, todavía con Ovidio Blanco como arquitecto jefe, ya tenía toda la documentación de la aprobación inicial.


Esta Información Pública Previa se publicó en el BOPA el 19/12/2003 con un periodo de un mes para alegaciones, que finalizó el 19/01/2004.

Se recibieron numerosas reclamaciones, unas 370, según los datos que tenemos, y aún así, a los 6 días de finalizado el plazo, sólo 4 de ellos laborales, el Sr. Teixidor había entregado en el Ayuntamiento de Xixón su informe sobre las 370 sugerencias recibidas, así como, por triplicado, la documentación de Adaptación del PGOU para Aprobación Inicial, según manifestó en su declaración testifical.

Es totalmente imposible que pueda estar hecho en 6 días (incluyendo festivos), pues es un trámite que lleva de media unos 23 meses, como queda acreditado con los datos estadísticos de otros PGOU de la Comunidad Autónoma, lo que nos lleva a la necesaria conclusión que toda esta documentación ya estaba redactada y cerrada, y que la Información Pública Previa no tuvo el carácter de permitir sugerencias ciudadanas, pues ni si quiera hubo tiempo a despacharlas en los 6 días referidos.

Con posterioridad a la APROBACIÓN INICIAL que se publicó en el BOPA el 9/02/2004, se realizó la Aprobación Definitiva el 30/12/2007.

Estas fases quedan recogidas en el siguiente calendario, según las fechas oficiales recogidas en el expediente:

15/12/2003) Aprobación municipal.
19/12/2003) Inicio período Información Pública Previa mediante anuncio BOPA.
31/12/2003) Último día en el cual Ovidio Blanco Suárez ejerce como Jefe del Servicio Técnico Municipal de Urbanismo.
19/01/2004) Fin Período Información Pública. 370 sugerencias recibidas.
26/01/2004) Luis Felipe Alonso Teixidor (PAU LANDER SL) entrega al Ayuntamiento de Xixón su informe sobre las 370 sugerencias recibidas, así como, por triplicado, la documentación de Adaptación del PGOU para aprobación inicial












Cuatro días laborables (20 a 23/01/04) para, suponiendo que las sugerencias (algunas de ellas al menos) no hubieran sido remitidas por correo el último día hábil:
a) Copiar las 370 sugerencias recibidas y despachar el conjunto de Xixón a Madrid, sede del consultor.
b) Recibir, ordenar, estudiar, y estimar o desestimar las 370 sugerencias, ¿dejando constancia escrita del análisis?.
c) Trasladar las consideraciones estimatorias a la adaptación en curso, con revisión, es su caso, de memoria y/o planos.
d) Editar los voluminosos ejemplares (sobre todo en lo respecta a planos, en formato A1).
e) Revisar y corregir la edición.
f) Trasladar de Madrid a Xixón el conjunto y registrarlo.


Por todo ello, a juicio de la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, los hechos ocurrieron realmente, de esta otra forma:


10/12/2003) Se inicia el proceso cuando se dispone de la documentación.
15/12/2003) Con dos días hábiles de intermedio, se aprueba abrir la Información Pública Previa, por el concejar Sr. Morales.


En el expediente administrativo abierto al imputado (Folio 301), se hace referencia a un plano






7. El 17 de octubre de 2003 (folio 161) fue presentado el documento de adaptación del PGOU ante la Comisión de Urbanismo, estando presente en dicho acto D. Ovidio Blanco y por resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 15 de diciembre de 2003 se dispone someter el documento a información pública por el plazo de un mes. En dicho documento, la parcela 228 del polígono 111 aparece bajo la clasificación de suelo urbanizable (plano al folio 136).



Ahora bien, el citado plano (asociado en al folio 136) no fue aportado por Teixidor a la Información Pública Previa, como resulta de su testifical (02/10/2009).






. . .
sí lo consulto y se planteó el tema y no recuerda el
momento, aunque sí recuerda que se ha hablado. El 19 de
diciembre de 2003 la información pública previa se
presenta y es aprobado por el Ayuntamiento y en Enero de
2004. La información pública previa va con una memoria y
llevaría alguna cartografía, no recuerda bien, pero no
aportaron ningún plano que comprometiese espacio. Tras la
información pública previa existe un plazo para
alegaciones. Se presentaron reclamaciones, las
alegaciones el Ayuntamiento se las remiten a ellos y
luego el Ayuntamiento las avala o no, suele llevar meses
en presentar los informes posteriores a las alegaciones.
. . .



La explicación a esta cuestión clave, el que aparezca en la Información Pública Previa un plano (de los dos que constan en el expediente, en ese momento, diciembre de 2003, uno no dispone de cajetín y es un reflejo de la situación territorial anterior; y el otro aparece con cajetín y fechado en 2004 que fija la propuesta de alteración de la adaptación en beneficio de Ovidio Blanco Suárez, está quizás en que ya estaba en Octubre en manos del imputado, Ovidio Blanco, y/o los concejales involucrados y la Alcaldesa (según Teixidor), pero desde luego en que ya obraba fehacientemente en el Ayuntamiento el 10 de diciembre, con el resto de la Documentación para Aprobación Inicial, que fue la que se entregó formalmente triplicada el 26/01/2004.






. . .
al letrado: Desde que fué adjudicatario del plan de
ordenación hasta que se realizó, con Ovidio Blanco no ha
tenido relación directa, ninguno de su equipo se reunió
con Ovidio Blanco y tiene constancia de ello, cuando se
reunía con Ovidio Blanco era en las reuniones con el Concejal de
urbanismo y a veces también con el concejal de Hacienda,
y a veces con el equipo de Gobierno por el tema de suelos
urbanizables, serían un par de ellas antes del verano del
2003 y otras dos posteriores. Las propuestas se presentan
. . .


Además, pese a la negativa del imputado a su participación en la dirección o control de las fases de la redacción del PGOU, en el mes de marzo del 2009, el diaro EL COMERCIO, publicaba lo siguiente:

Historia de una parcela
Son sólo 2.500 de los 250.000 metros del plan de Cabueñes, pero también el origen de la polémica
22.03.09 - O. E. GIJÓN


Pie de foto en El Comercio: Jesús Morales, Luis Felipe Teixidor, Pedro Sanjurjo y Ovidio Blanco observan los primeros planos del PGOU, en el mes de octubre de 2003. / J. BILBAO


Es evidente que el imputado, Ovido Blanco, ha tenido reuniones con el Sr. Teixidor y el Sr. Morales, pero no sólo porque así se reproduzca en esta fotografía, sino porque además, es parte de su trabajo realizar este tipo de controles, dentro de la responsabilidad asignada en todo proceso de modificación territorial en el concejo, en particular y en especial lo referido al PGOU. Como así aparece reflejado en el manual de funciones vigente del Ayuntamiento de Xixón.

Del examen de esos planos es evidente que existe una divergencia con los que existían con el anterior PGOU redactado por el Sr. Fernández Rañada, como se aprecia a continuación.



Plano Información Pública Previa (Diciembre de 2003). Sin transcendencia. Refleja el PGOU vigente. Plan RAÑADA 98.





Plano Información Pública Previa (Diciembre de 2003). Fechado en 2004 (AI). Fija los cambios en Cabueñes, inalterables en todo el proceso hasta 2007 sobre las fincas Hoyant / Ovidio Blanco suarez. Plan TEIXIDOR 2007.


Evidentemente, si Teixidor no aportó ningún plano que comprometiera espacio a la Información Pública Previa, alguien introdujo el Plano 02 de la Aprobación Inicial en dicha Información Pública Previa.

Y no solo eso, sino que el Ayuntamiento de Xixón, cuando la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes solicitó copia completa del expediente de Información Pública Previa, no se le entregó en su totalidad, sino que lo hizo hurtando los referidos planos.
Esa ‘copia completa’ no incluía lo que luego apareció en el expediente administrativo, lo que demuestra el conocimiento de Sanjurjo de la situación.
La pregunta es, ¿Qué es lo que se oculta y porqué?

Veamos lo que se intentó en vano ocultar





Documento Adaptacion Plan General











obsérvese que este documento esta sin fechar, lo cual es transcendente en estos momentos
(pulsar con el ratón para ampliar)








Es decir, toda la documentación correspondiente a la Aprobación Inicial de la Adaptación del PGOU ya estaba en el Ayuntamiento, si no en Octubre, el 10 de diciembre de 2003, en un Anexo 1.
Y en esa fecha el imputado, Ovidio Blanco, ejercía sus funciones plenamente con arquitecto jefe municipal.

De esa documentación forma parte el Plano 02, que se extrae de la Aprobación Inicial, para fijar el fraude de ley en la Información Pública Previa, la cual carece entonces de todo contenido y sentido, anulando ‘per se’ todo el proceso de tramitación de la Adaptación del PGOU.



Xixón despacha el proceso de la Información Pública Previa a la Aprobación Inicial en tres meses

Esa misma documentación es la que se aprueba en Pleno el día 09/02/2004, en otro ejercicio de agilidad temporal pocas veces observado en la administración pública.

Si nos remitimos a un documento estadístico de control de los procedimientos de Ordenación Territorial, el Estado del planeamiento general de los Concejos asturianos, observaremos que el promedio de plazo entre la convocatoria de la Información Pública Previa en el BOPA y la Aprobación Inicial es de más de 23 meses, para una población de muestra de 31 concejos, sobre los cuales se puede aplicar el cálculo en ese documento oficial.

Pues bien, Xixón, con el mayor parque de viviendas de Asturias (124.773 en esa fuente, a 2001, un 30% más que Uviéu), despacha ese proceso en 3 meses, algo que aún cumpliendo los plazos legales, aparentemente, desde el punto de vista material, es imposible, y desde el punto de vista de la actuación objetiva de la administración pública conculca las más elementales normas detransparencia, información y neutralidad.


Aportación de Pruebas 3) ILEGÍTIMA EXCLUSIÓN DE RAÑADA QUE SE OPONÍA AL PLAN

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, concluída la testifical inicialmente considerada por el Juzgado de Instrucción Nº5 DP 2.843/09 (2/10/2009), y a la vista de las declaraciones efectuadas, realiza la aportación de nuevas pruebas

Aportación de Pruebas

3) LA ILEGÍTIMA EXCLUSIÓN DEL OTRO CONCURSANTE QUE SE OPONÍA AL PLAN

El concurso para elaborar la Adaptación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Gijón a la Ley del Suelo, convocado en BOPA el 19/08/02, y adjudicado por el Ayuntamiento de Gijón el 01/07/02, sólo tuvo dos ofertantes:
el adjudicatario PAU LANDER SL (el arquitecto madrileño Luis Felipe Alonso Teixidor) y Ramón Fernández Rañada, arquitecto asturiano, responsable del Plan del 86 y de su revisión en el 98, con quién había trabajado Ovidio Blanco Suárez.

Ni en el Plan del 86 ni en del 98 se había considerado urbanizable la zona de Cabueñes.
Ramón Fernández Rañada se manifestó públicamente en contra de esa posibilidad, y así se publico en el Diario el Comercio con fecha 22 de marzo de 2009


El plan de las 3.000 alegaciones

El polémico proyecto urbanístico, que duplicará la población de toda la parroquia de Cabueñes, sufrirá recortes de altura en sus edificios con un nuevo reparto de la edificabilidad
El Comercio, M.Moro, 22 de marzo de 2009

. . .
Se trata de una fórmula de expansión urbanística que supone un claro choque con los postulados que defendió el urbanista Ramón Fernández-Rañada durante la década de los ochenta y noventa del pasado siglo.

El autor de todos los planeamientos urbanísticos de Gijón a excepción de la última revisión declinó ofrecer a EL COMERCIO su opinión sobre el caso de Ovidio Blanco, con quien colaboró estrechamente durante años y del que siempre ensalzó su capacidad de discreción en los asuntos urbanísticos.

Sin embargo, el arquitecto ovetense no tuvo problemas en calificar de «salvajada» el crecimiento propuesto para Cabueñes por el equipo de Luis Felipe Teixidor.
«Es innecesario y se puede hacer mejor», sentenció.
. . .


No tuvo ocasión de hacerlo desde otra responsabilidad, pues fue excluido del concurso por un supuesto defecto formal en la presentación de la oferta.

Llevado el asunto a los tribunales, se sentenció a su favor, en SENTENCIA TSJA, de 26/11/2006.

Más información sobre Ramón Fernández-Rañada en:

La Nueva España, 29 de marzo de 2009
«En ausencia de otras cosas, a Ovidio le creo lo que me diga porque lo hice siempre»
«No conozco un ejemplo histórico más claro que Gijón de vulneración pública y notoria de toda la legalidad urbanística»

La Nueva España, 12 de diciembre de 2006
El Tribunal Superior falla contra el Ayuntamiento por excluir a Rañada de la adaptación del PGOU
La sentencia recoge que se debe indemnizar al urbanista ovetense por perder el contrato de revisión del plan

Aportación de Pruebas 2) LA ILEGALIDAD DE LA SEGREGACIÓN

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, concluída la testifical inicialmente considerada por el Juzgado de Instrucción Nº5 DP 2.843/09 (2/10/2009), y a la vista de las declaraciones efectuadas, realiza la aportación de nuevas pruebas

Aportación de Pruebas

2) LA ILEGALIDAD DE LA SEGREGACIÓN EFECTUADA EN SU MOMENTO POR OVIDIO BLANCO SUÁREZ

En el Registro de la Propiedad sobre la FINCA LA LLOSONA, consta la operación de segregación y venta de la finca La Llosina de La Llosona.

La compraventa se celebra el 13/03/1992, y no se inscribe, pues no era posible con la Ley en Suelo en Vigor.

Se observa que la escritura de compraventa, esto es la segregación y venta, se efectuó el 13 de marzo de 1992, bajo la vigencia de la citada Ley del Suelo de 1975
(Decreto Legislativo 1.346/1976, de 9 de abril, en cuyo art. 96 se define sin género de dudas que no cabe parcelación urbanística en suelo no urbanizable).
En ese momento el suelo afectado por la operación tenía esa clasificación de no urbanizable, y por ende, la segregación no era legal.

No obstante, y aunque la venta y segregación notarial fue anterior, tras la entrada en vigor de la Ley del Suelo de 1992,
(Real Decreto legislativo 1/1992, de 26 de junio -BOE 30.06.1992-, con vigencia desde el día 01/07/1992),
se modifica esa prohibición, permitiendo la segregación, siempre que se acompañe informe municipal sobre la innecesariedad de la licencia.

Así el imputado, D.Ovidio Blanco, siendo arquitecto jefe municipal, obtiene del Concejal Delegado del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Gijón de la época, Sr. Morales, el referido informe favorable con fecha de 13 de julio de 1992 (a los 12 días de la entrada en vigor de la nueva Ley del Suelo), y se registra el 13/11/1992.

Obsérvese que la segregación y venta ya se había producido antes, con lo que existiría la infracción.


Los artículos 257 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1992 establecen las condiciones de la parcelación urbanística, exonerando a los Registradores y Notarios de su obligación de dejar constancia del carácter indivisible en la inscripción de una finca, salvo ‘que se acredite el otorgamiento de la licencia o declaración municipal de su innecesariedad, que los primeros deberán testimoniar en el documento’.

Este informe del Concejal Delegado del Área de Urbanismo, Sr. Morales, tiene el efecto conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, como dispone el artículo 67.4 mediante el otorgamiento de la autorización que falte por el órgano competente. E incluso con la anterior Ley de Procedimiento Administrativo de 1958 cuyo artículo 53.4 tiene idéntico contenido, es decir, el efecto de subsanar la irregularidad o ilegalidad cometida.


Es decir, cuando se produjo la segregación (marzo de 1992), esta era ilegal, como no podía dejar de conocer el Jefe del Servicio Técnico de Urbanismo del Ayuntamiento de Gijón, Ovidio Blanco Suárez, beneficiario de la misma.
No obstante lo cual, regularizó la situación aportando (julio de 1992, apenas 12 días después de cambiar la ley) documento refrendado por el concejal Jesús Morales Miravalles, su inmediato superior, quién sabe si escrito por él mismo o por Francisco González Buendía, jefe del Servicio Administrativo de Urbanismo desde el 1 de junio de 1992.

El Sr. González Buendía, con fecha 17 de agosto de 1999 es nombrado Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias, y el 7 de julio de 2003 es nombrado Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Gobierno del Principado de Asturias, cargo que continúa desempeñando en la actualidad.
En enero de 2004, el citado Sr. González Buendía sitúa a Ovidio Blanco Suárez en SOGEPSA, entidad de dudoso carácter, en labores compatibles con otras actividades, hasta su cese o destitución en 2009, tras el conocimiento de la operación.

Aportación de Pruebas 1) LAS PROPIEDADES MUNICIPALES

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, concluída la testifical inicialmente considerada por el Juzgado de Instrucción Nº5 DP 2.843/09 (2/10/2009), y a la vista de las declaraciones efectuadas, realiza la aportación de nuevas pruebas

Aportación de Pruebas

1) LAS PROPIEDADES MUNICIPALES EN VINCULACIÓN CON LA FINCA LA LLOSONA Y EL PLAN


· En 07/1991 se adquiere por el Ayuntamiento a la Tesorería General de la Seguridad Social la heredad de Xicu Piñera, dos grandes fincas en Cabueñes.
· Cinco meses después (12/1991), Hoyant, empresa creada el año anterior por dos personas, compra la finca contigua al sur, para venderle una parte a José Ovidio Blanco Suárez, por entonces Jefe del Servicio Técnico de Urbanismo del Ayuntamiento de Xixón, a los tres meses (03/1992), por menos valor unitario que el que pagó.
· Esas tres fincas marcan y condicionan lo que luego se plasmaría como el Plan Parcial Universidad-Cabueñes, que se pretende justificar como el cierre de la ciudad de Xixón al este, afirmación tan grandilocuente e incomprensible como falsa y especulativa.
A principios de los años 90, el Ayuntamiento de Gijón disponía de fincas, por distintos orígenes, alguno de ellos activo, en Cabueñes.

Entre ellas destacaba la finca conocida como de Xicu Piñera, por sus llevadores tradicionales. Se identifica en la imagen adjunta, en las dos parcelas adscritas al plan y numeradas como 34 y 36, [rayadas horizontalmente en azul], vinculadas a la casería que se encuentra -dentro del perímetro del plan fijado con línea gruesa externa discontinua blanca- atravesada con línea fina discontinua blanca horizontal.
























Obsérvese que estas fincas, que en la imagen superior completa del Plan Parcial UZN C-1 Universidad-Cabueñes, cuya inclusión como suelo urbanizable dentro del PGOU redactado por el Sr. Teixidor (2002-2007) motiva su revalorización y las diligencias abiertas que nos ocupan, se aprecian con nitidez dada su extensión.
En efecto, estas fincas son las más grandes del Plan, y son cruciales por su ubicación, frente a la dispersión de las restantes.

Suponen entre las dos parcelas (34 y 36) unos 53.362 m2, suponiendo un 21 % del terreno que se pretendía incorporar al Plan Parcial.
El ayuntamiento disponía de otros 46.077 m2, entre otras 6 o 7 parcelas (dependiendo de la fuente) y cuatro viales, lo que suponía otro 18 % del total.
Es decir, que el Ayuntamiento de Xixón barajaba un 39 % de los terrenos.

Los predios objeto del proceso, la Finca LA LLOSONA, son los situados inmediatamente al sur de la heredad de Xicu Piñera, véase abajo, siendo La Llosona el reflejado como 38, y la parcela segregada a Ovidio Blanco Suárez la marcada como 37 [rayadas verticalmente en rojo y rosa].

La Llosona / 38, y su segregada La Llosina / 37 suponían otros 23.280 m2 y 2.492 m2, es decir, un 9’17, y un 0’98 %, respectivamente del Plan Parcial.












Ente las propiedades municipales y las adquiridas por Hoyant y el imputado, (La Llosona / 38, y La Llosina / 37), se garantizaba un 49’15 % de la actuación que se definió bajo la responsabilidad de Ovidio Blanco Suárez como arquitecto jefe municipal, y se articuló mediante Hoyant, empresa que se creó en 1990 y se cerró en 2007, una vez vendida la finca a REYAL URBIS, por 6 millones de euros.

Se manifiesta que esa actuación buscaba cerrar la ciudad por el este.
Entre el Plan Parcial y la ciudad, observamos el Monumento Natural de la Carbayera de El Tragamón (Decreto 21/2003 PA), el Jardín Botánico Atlántico y el corredor fluvial del río Peñafrancia, en un entorno rural, como se aprecia en la imagen inferior.












Además en la parroquia de Cabueñes es público y notorio el acoso a Xicu Piñera y a su familia por parte del Ayuntamiento para dejar la propiedad de un modo efectivo en manos del mismo, a partir de la pretendida adquisición municipal de la finca en julio de 1991, siendo Alcalde Vicente Álvarez Areces, por un acuerdo gestionado por la Alcaldía con la Tesorería General de la Seguridad Social.
El Ayuntamiento perdió en firme el pleito por la propiedad, inscrita para los llevadores en julio de 2007.

El papel de Cajastur en la finca de Cabueñes

OPERACIONES DE COMPRA VENTA ENVUELTAS EN POLEMICA POR EL ´CASO OVIDIO BLANCO´


El PP cuestiona el papel de la Caja en la finca de Cabueñes


Muñiz afirma que la propiedad no estaba hipotecada por la entidad

N. MORAN

El concejal del grupo popular en el Ayuntamiento de Gijón Pedro Muñiz aseguró ayer [5-11-2009] que la finca Xicu Piñera, que limita al norte con la finca La Llosona, y que en la actualidad es de Beyos y Ponga --entidad perteneciente a Cajastur-- en un 85%, no estaba hipotecada a esta entidad bancaria cuando fue adquirida por Beyos y Ponga.
La semana pasada la alcaldesa, Paz Fernández Felgueroso, había afirmado que es "normal" que una entidad bancaria se quede con unos terrenos si puede peligrar su crédito.
Sin embargo, Muñiz subrayó que la hipoteca era de "un banco que no es Cajastur", por lo que aseguró que "nadie se puede creer que de repente a Cajastur le dé por comprar esta finca que era del ayuntamiento".

Por este motivo, Muñiz preguntará a Felgueroso en el próximo pleno municipal --el viernes día 13-- qué influencia pudo tener como vicepresidenta de Cajastur en esta operación, ya que, según denunció hace dos semanas la Plataforma contra el Muro de Cabueñes, esta finca que era "decisiva" para desarrollar el plan parcial de Cabueñes pasó de ser propiedad municipal a estar en manos de Beyos y Ponga.
Igualmente, el edil insinuó que el exarquitecto jefe municipal Ovidio Blanco, que obtuvo una ganancia de 600.000 euros por la compraventa de una finca en Cabueñes, podría haber alertado a Hoyant, la inmobiliaria que participó en esta compra venta, que la finca sería urbanizable.

El concejal recordó que en julio de 1991 el ayuntamiento firmó un convenio con la Tesorería de la Seguridad Social para hacerse con la finca Xicu Piñera, de más de 50.000 metros cuadrados. Cinco meses más tarde, Hoyant compra La Llosona, lindante con Xicu Piñera.
" La compra fue casual? No sabía Hoyant que la otra finca la había adquirido el ayuntamiento para recalificarla en un futuro?" se preguntó Muñiz, quien considera que "esa información que sabía Ovidio Blanco presumiblemente fue transmitida a Hoyant".

Igualmente, el concejal explicó que la finca Xicu Piñera estaba libre de arrendamientos, según la Seguridad Social.
Sin embargo, un matrimonio ejerció su derecho de retracto y en agosto del 2007 la adquirió por 204.610 euros.
La arrendataria vendió la finca por algo más de cuatro millones de euros a Aguas de Panticosa, que posteriormente vendió un 15% de ese terreno a una promotora gijonesa por 2,15 millones de euros y el 85% restante lo compró Nozar por 12,1 millones, quien finalmente se la vendió por 11,1 millones a Beyos y Ponga.
Muñiz recordó que con esta finca los promotores disponían de más del 50% del terreno para desarrollar el plan parcial de Cabueñes, por lo que pidió a la alcaldesa que explique su influencia para participar en esta operación en Cabueñes, ya que si esta finca no hubiera formado parte del terreno adquirido por los promotores no se hubiera llegado al 50% del terreno necesario para poder desarrollar el plan parcial de Cabueñes.

Igualmente, tanto los populares como la plataforma vecinal han pedido la comparecencia de Felgueroso, entre otros, en el caso Ovidio Blanco, que se reanudará la próxima semana con las declaraciones de la mujer de Horacio Costales, uno de los socios de Hoyant, y la viuda de Antonio Cueto, el otro socio de Hoyant, ya fallecido.

La ley del silencio

La ley del silencio

Los vecinos de Cabueñes han sabido moverse con inteligencia entre una maraña de informes

JORGE J. URÍA
MIEMBRO DE UPYD


Allá por el año 2003 los aldeanos y aldeanes de la zona rural gijonesa empezaron a poner en cuestión las modificaciones del Plan General de Ordenación Urbana de Gijón.
Unos porque sufrían en propia carne las expropiaciones de sus terrenos, otros mal pensados, porque tenían la mosca detrás de la oreja y el asunto olía a chamuscu en ciertas zonas.
Desde luego hay cosas que el paso del tiempo no consigue borrar y aquellos polvos han acabado enfangando la gestión urbanística de la villa que nuestros próceres calificaban, y aún hoy califican con cierto desparpajo, de "modélica".

Sirva o no de modelo, lo cierto es que el urbanismo de la ciudad se enfrenta a las sospechas que han pesado sobre otros dignos consistorios en los que, por cierto, la cosa acabó como el rosario de la aurora, y no resulta menos cierto que sobre el asunto se ha corrido año tras año un manto de silencio que solo ha roto la zona rural con efectistas protestas al principio, blandiendo banderitas verdes que desde el Ayuntamiento, con cierta suficiencia, siempre se vieron como legítimo derecho constitucional a la protesta, porque así lo manda el manual de las buenas maneras institucionales.

Los vecinos de Cabueñes han sabido llamar a las puertas adecuadas y moverse con inteligencia entre la maraña de documentos e informes que acompaña inevitablemente a un tema tan relevante como el diseño urbanístico de una ciudad.
Pican alto y quieren oír ante el juez las declaraciones de la Alcaldesa, Paz Fernández Felgueroso, Pedro Sanjurjo, Concejal de Urbanismo y su antecesor Jesús Morales, creando con ello una situación que supera lo que el manual de las buenas maneras institucionales aconseja, y por eso José Manuel Sariego, ignorando el legítimo derecho que asiste a los vecinos a defender sus intereses con las herramientas que pone a su alcance el Estado de Derecho, vuelve a llamarles como hiciera meses atrás, egoístas.
Igual que lo son, imaginamos, los de Roces y todos aquellos que han presentado recurso al Plan y han visto como el Tribunal Superior de Justicia de Asturias atendía sus demandas.

Llama la atención que ante la situación creada la Federación de Asociaciones de Vecinos de Gijón no se haya pronunciado. Quizá no quieran morder la mano que les da de comer, pero han de saber que solo hace falta un puñado de ciudadanos obstinados en la defensa de lo que consideran justo para que la omertá se rompa.


Publicado en La Nueva España el 05 de noviembre de 2009

Necesitamos al doctor Mateo

Necesitamos al doctor Mateo

Ana García
Presidenta de la Asociación de Vecinos de Cabueñes-La Pontica


Hace ya un año que por estas fechas Amalia, la Presidenta de Fontevilla, publicaba una fuerte carta contra el proyecto de urbanización previsto para Cabueñes que titulaba muy acertadamente “Destruir Cabueñes es barbarie”.

Unos días después, el 19 de junio, Cristina, la portavoz de la Plataforma contra el Muro, denunciaba los intentos de exclusión de varios vecinos en un congreso de sostenibilidad urbana aquí en La Laboral, que intentaban poner en evidencia el contrasentido que supone estar firmando por un lado la Declaración de Gijón para impulsar la participación ciudadana en los procesos de construcción de la ciudad y el compromiso con el entorno y el desarrollo sostenible, y por otro promoviendo el destrozo del lugar donde vivimos.

Y yo misma intentaba, también por esas fechas, transmitir en el artículo, “¿Reordenación o destrucción?”, la idea del sinsentido que supone ser premiados por ser el 'Pueblu más guapu de Xixón' y permitir poco después que dejemos de ser, además de 'guapu', también 'pueblu'.

De entonces acá, como es bien sabido, se consiguieron además evidencias de irregularidades graves en la tramitación, y se demostró, con pruebas de compra-ventas con beneficios millonarios, que detrás se escondían intereses especulativos. El asunto ha llegado ya a los tribunales a instancias de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, pero el Ayuntamiento sigue sin detener esa barbaridad.

Parece que hay que ser o venir de fuera para valorar lo que tenemos. Un ejemplo es el éxito televisivo del doctor Mateo.
Ha tenido que venir nada menos que de New York, la capital cultural y económica del mundo, un médico de prestigio, aunque soso y un poco moco seco, para decirnos que en un pueblín de aquí, como éste, sin muros de bloques de edificios, ni carreteronas de seis carriles, también se puede vivir bien, disfrutando del trato con nuestros vecinos, paseando o corriendo por nuestros caminos y carbayeras, intercambiando objetos que ya no usamos en un mercadillo, o bailando la danza prima por San Xuan con nuestros hijos en torno a un fuego comunal.

En Llastres y en Cabueñes, en los pueblos pequeños, desarrollados armónicamente, puede conseguirse, sin renunciar por ello a dotaciones modernas ni vivir en la edad media. Disfrutar de una calidad de vida por la que merece la pena seguir luchando.

Pero es triste que ésto, dicho por un actor-médico en clave de humor melodramático y que tiene tanto éxito, no sirve ya cuando lo decimos los de aquí, aunque algunos sean también médicos de prestigio como el doctor Paco o el doctor Álvaro, quizás porque no son sosos o cascarrabias.

Tal vez deberíamos ir a Llastres e invitar al Dr. Mateo, a la maestra, a la cotilla locutora de radio aficionada, y a los demás famosos, a que rueden aquí uno de sus capítulos. Seguro que cuando todo el mundo vea esto, y sepa lo que quieren hacer, Cabueñes se convertirá en un centro de peregrinación turística.

Ni Laboral Ciudad de la Cultura, ni Jardín Botánico Atlántico, ni gaitas, la gente vendrá a ver los prados afectados por el ya tristemente famoso Muro de Cabueñes, fotografiarán los carbayos catalogados, los hórreos que van a desaparecer, y disfrutarán tomando el último culín en el Llagar del Mancu antes de que caiga bajo las hormigoneras.

¡Que venga pronto el doctor Mateo!

Publicado en la Fueya Vecinal nº9, junio 2009, órgano de expresión de la Asociación de Vecinos de Cabueñes-La Pontica

SOS Cabueñes denuncia una trama municipal de corrupción urbanística

NUEVO CAPITULO EN EL CASO DE OVIDIO BLANCO.


SOS Cabueñes denuncia una trama municipal de "corrupción" urbanística


Señala que el consistorio compró dos fincas cinco meses antes que Hoyant La Llosona.Los vecinos afirman que el consistorio "falseó" el trámite de información pública del PGOU.


P. LAMADRID


Un "cuadro de corrupción". Así definió ayer el presidente de la plataforma ciudadana SOS Cabueñes, Francisco Díaz Cadórniga, las actuaciones realizadas en el ámbito municipal relacionadas con el plan parcial de la parroquia.

Los vecinos que ya destaparon el escándalo del exarquitecto jefe de Gijón, Ovidio Blanco, aportaron nuevos datos sobre el caso y extendieron las responsabilidades a la alcaldesa, Paz Fernández Felgueroso; el que fuera concejal de Urbanismo durante la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), Jesús Morales, y el actual edil responsable de esta materia, Pedro Sanjurjo. Por esta razón, han vuelto a solicitar al juez que llame a los políticos a declarar.


Díaz Cadórniga y el asesor técnico de la plataforma, Ignacio Martínez, desglosaron una serie de hechos que, según indicaron, demuestra que el consistorio orquestó de forma ilegal el futuro desarrollo urbanístico de Cabueñes. Hipótesis que surgieron a raíz de la declaración ante el juez del arquitecto redactor del PGOU, Luis Felipe Alonso Teixidor, el pasado 2 de octubre. En su testimonio, indicó que las cuestiones referidas a la zona rural las trataba con Felgueroso, Morales y Sanjurjo. La primera circunstancia sospechosa para la plataforma es la vinculación de unas fincas municipales con La Llosona, la parcela que adquirió la empresa Hoyant y de la que se segregó La Llosina, que compró Ovidio Blanco.


SUELO CLAVE

Los portavoces de SOS Cabueñes afirmaron que el ayuntamiento compró a la Tesorería General de la Seguridad Social, en julio de 1991, la heredad denominada de Xicu Piñera, formada por dos grandes fincas. Cinco meses después, Hoyant --empresa creada el año anterior por Antonio Cueto y Horacio Costales--, adquirió la finca contigua al sur, de la cual, tres meses más tarde, se segregó un terreno que compró Blanco y que, supuestamente, luego habría sido objeto de varias operaciones de especulación urbanística. Estas tres fincas son terrenos claves, ya que aglutinan el 49,15% del suelo comprendido en el plan parcial de Universidad-Cabueñes.


Una actuación "que se pretende justificar como el cierre de la ciudad al este, afirmación tan grandilocuente e incomprensible como falsa y especulativa", señalaron los vecinos. Otro de los argumentos expuestos para denunciar la trama corrupta fue, precisamente, la ilegalidad de la segregación realizada por Ovidio Blanco. En el momento de la compraventa --marzo de 1992--, la operación no se ajustaba a la normativa sobre el suelo. El actual consejero de Infraestructuras, Francisco González Buendía, ocupaba entonces el cargo de jefe del servicio administrativo de Urbanismo en el ayuntamiento gijonés y la plataforma desconoce si informó sobre la compraventa, pero Morales la legaliza con su firma 12 días después de cambiar la ley del Suelo, es decir, en julio de 1992.


Por este motivo, piden que el juez llame a declarar a Morales. La plataforma también consideró sospechoso que Blanco comenzará a trabajar en Sogepsa, sociedad mixta que preside Buendía, el 2 de enero del 2004, sólo dos días después de abandonar el ayuntamiento tras pedir una excedencia. Asimismo, el trámite de información pública del PGOU fue otro de los aspectos denunciados por la plataforma, ya que, en su opinión, el desarrollo del plan "se falseó" de facto al suprimir la información pública previa.


PLAN PACTADO

Con documentos en la mano, los vecinos sostuvieron que ese trámite abierto a los ciudadanos no tuvo validez alguna, puesto que el expediente de la aprobación inicial --el paso siguiente-- estaba en el ayuntamiento desde el 10 de diciembre del 2003, como aparece en la documentación, tras haber sido pactado por Teixidor con Felgueroso, Morales y Sanjurjo --en esa época era edil de Hacienda, por lo que la plataforma no entiende por qué decidía sobre urbanismo--. De hecho, el período de información pública terminó el 19 de enero del 2004 y el día 26 Teixidor entregó al consistorio el informe. La plataforma cuestionó si en ese plazo, con un fin de semana por medio, pudo analizar las 370 sugerencias recibidas.


Además, los portavoces de SOS Cabueñes denunciaron el papel "ilegítimo" que adoptó el ayuntamiento como promotor. Según ellos, las empresas Lomas Barajas, Reyal Urbis y Promosa contaban con el consistorio como promotor para realizar su proyecto, "lo cual es ilegal". Fue el propio Blanco quien presentó la propuesta. Además, los vecinos también acusaron a Cajastur de actuar ilegítimamente como promotor a través de la sociedad Beyos y Ponga "porque no puede estar en el mercado inmobiliario según sus estatutos". Por último, la plataforma criticó la exclusión del arquitecto que se oponía al plan, Ramón Fernández-Rañada.




cronología
Desarrollo del plan


· Julio de 1991: El ayuntamiento compra las dos fincas de Xicu Piñera.
· Diciembre de 1991: Hoyant adquiere la finca contigua al sur de las municipales, La Llosona.
· Marzo de 1992: Ovidio Blanco compra una parcela segregada de La Llosona.
· 1 de Julio de 1992: Cambia la ley del Suelo.
· 12 de julio de 1992: Jesús Morales legaliza la segregación de la finca de Blanco, operación que hasta 12 días antes era ilegal.
· 19 de enero del 2004: Finaliza la información publica del PGOU.
· 26 de enero del 2004: Teixidor entrega al ayuntamiento el expediente para la aprobación inicial del PGOU.



Publicado en La Voz de Asturias el 25 de octubre de 2009

Los fallos judiciales contra el PGOU invalidan sus planes parciales

Les Caseríes replica que los fallos contra el PGOU sí invalidan sus planes parciales

El abogado de la Federación de la zona rural asegura que hay que «acomodarlos» a la normativa revisada

M. MORO / R. RODRÍGUEZ GIJÓN

El abogado de la Federación de la zona rural 'Les Caseríes', Antonio García, rebatió ayer el discurso del equipo de gobierno tras conocerse que el Ayuntamiento acumula ya diez sentencias que anulan el PGOU.

García está detrás de tres de los recursos contenciosos estimados por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), entre los que se encuentra el primero que ha sentado el precedente jurisprudencial de todos los demás.
Y por su conocimiento de las resoluciones judiciales aseguró que los fallos judiciales cuestionan e invalidan también los planes parciales que emanan del Plan General. «Cuando se produzca la revisión de la normativa, todos estos proyectos urbanísticos habrá que acomodarlos».

Una de las demandantes contra el Ayuntamiento al que el TSJA le ha dado la razón es una vecina de Deva afectada por el plan parcial de Cabueñes, precisamente el que más contestación social ha generado dentro del municipio.
En concreto, se trata de una mujer que en su momento se opuso a vender sus terrenos para favorecer esa operación inmobiliaria.
Para el letrado que la defiende, que también es Antonio García, «está claro que su petición de nulidad aceptada para el PGOU sienta las bases» para la invalidación del proyecto que tiene en frente desde sus inicios a la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes.

As en la manga

«A esta vecina se la tiene que tener en cuenta. Las motivaciones personales sí importan. Por mucho que diga el Ayuntamiento no se pueden desarrollar planes parciales de un Plan General anulado por los tribunales», remarcó.

En ese sentido, García aseguró que estará «vigilante» en cuanto empiece de nuevo la tramitación del PGOU, esta vez bajo la figura de revisión.
Utilizará el as en la manga que, en su opinión, supone esta sentencia para paralizar, si llega el caso, la actuación prevista en Cabueñes.

La última remesa de fallos judiciales dictados contra el PGOU vuelve a argumentar que «se ha encubierto una genuina operación de revisión del plan bajo un indebido supuesto de modificación puntual».
El tribunal asturiano también reprocha a la Administración demandada que se haya acometido una reconfiguración del modelo territorial, cuyo factor más novedoso es el salto de la ronda Sur, con un «deficiente período de información pública anterior a la aprobación inicial» del PGOU, la «falta de documentos esenciales» y un «deficiente estudio económico y financiero».

Ante estos pronunciamiento judiciales, la alcaldesa de Gijón, Paz Fernández Felgueroso, repitió ayer la postura municipal de que todos las sentencias contra el PGOU que se están recibiendo «son recurribles ante el Supremo una a una y sólo inciden en un error en la forma, pero en ningún caso en el fondo».


Otras noticias relacionadas:
· La Voz de Asturias, 26/9/2009:

Gijón acumula 10 sentencias del TSJA que anulan el planeamiento urbanístico
· La Nueva España, 27/9/2009:
El equipo de gobierno prefiere «no adelantar acontecimientos» con Cabueñes
· La Nueva España, 15/10/2009:
El Supremo tumba un recurso de Ávila como el que pretende el Ayuntamiento para el PGOU


Noticia publicada en El Comercio el 27 de septiembre de 2009

SOS Cabueñes pide la comparecencia de Felgueroso, Sanjurjo y Morales

SOS Cabueñes pide la comparecencia de Felgueroso, Sanjurjo y Morales en el juicio sobre el 'caso Blanco'


La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes (SOS Cabueñes) ha solicitado la comparecencia de la alcaldesa de Gijón, Paz Fernández Felgueroso; el concejal de urbanismo del Ayuntamiento de Gijón, Pedro Sanjurjo; y el ex concejal del área, Jesús Morales, en el juicio sobre el 'caso Ovidio Blanco', ex arquitecto municipal investigado tras obtener unas plusvalías de 600.000 euros en varias actuaciones de compraventa de una parcela afectada por el Plan de Cabueñes.

Según informó hoy en nota de prensa, la Plataforma solicitó ayer al Juez Instructor la comparecencia de los citados políticos para que den testimonio de las modificaciones decididas en último semestre del 2003 en el Plan General de Ordenación Urbano (PGOU) de Gijón.

En aquel momento, Felgueroso ya era alcaldesa de Gijón y Pedro Sanjurjo era entonces edil responsable de Hacienda, siendo concejal de Urbanismo Jesús Morales Miravalles, recuerda el colectivo en el escrito.

Esta petición se realiza tras las declaraciones en sede judicial del autor del planeamiento vigente en Gijón hasta este verano, Luis Felipe Alonso Teixidor, así como las anteriores en el llamado 'caso Blanco', del que la Plataforma forma parte como acción popular.

"La práctica de esta prueba es fundamental para el proceso, ya que sin ella no se podría acreditar la plena relación entre la actuación Ovidio Blanco, y de la Corporación Municipal, con Teixidor, así como la inclusión de la parcela del imputado en la revisión del PGOU, contra toda previsibilidad", argumenta el colectivo vecinal.

Tras realizar la solicitud, la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes confía en que el juez instructor del caso, Juan Laborda Coto, "admita esta prueba pericial de suma importancia para el caso".

Publicado en Europa Press el 6 de octubre

Teixidor: El plan de Cabueñes se dibujó con Blanco como arquitecto municipal

Investigación judicial de un escándalo urbanístico

El plan de Cabueñes se dibujó con Blanco como arquitecto municipal, según Teixidor

El redactor del PGOU declara que la recalificación «ya se conocía antes del verano de 2003», pero «la tratamos con la Alcaldesa y Morales, no con Ovidio»

Madrid / Gijón, Módem Press / M. SUÁREZ


Que Cabueñes iba a convertirse en zona edificable «ya se sabía antes del verano de 2003», cuando Ovidio Blanco todavía era arquitecto jefe del Ayuntamiento de Gijón.

Así lo declaró ayer Luis Felipe Alonso Teixidor, redactor del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que ha recalificado en la parroquia gijonesa 254.000 metros cuadrados de terreno.

De ese ámbito forma parte una finca que Ovidio Blanco compró y vendió en varias ocasiones, obteniendo finalmente una plusvalía de 600.000 euros.
A petición de la fiscalía, que detectó indicios de cohecho, tráfico de influencias y uso de información privilegiada en dichas operaciones, se ha iniciado una investigación judicial para comprobar si son o no constitutivos de delito.

Alonso Teixidor declaró ayer en calidad de testigo, dentro de las diligencias previas que está instruyendo el juez Juan Laborda. «Lo que se hizo en Cabueñes fue idea mía y de mi equipo. Se recalificó la parroquia porque es una zona de cierre de la ciudad por el Este», explicó el redactor del PGOU gijonés en un momento del interrogatorio.

Como Luis Felipe Alonso Teixidor reside y tiene su estudio arquitectónico en Madrid, se le permitió testificar por exhorto en los Juzgados de instrucción de la plaza de Castilla.

Hasta allí se desplazaron todos los abogados que intervienen en el caso: Luis Tuero, defensor de Ovidio Blanco; Ángel García Bernal, que representa al Ayuntamiento de Gijón como acusación particular; Concepción Trabado, que ejerce la acción popular en nombre de la Plataforma contra el llamado Muro de Cabueñes, colectivo que aportó muchos de los documentos que han dado lugar a este procedimiento judicial, y Pedro Muñiz, que también desempeña la acción popular, pero para el PP. Faltó el fiscal Luis Miguel Llorente.

«Para nosotros esta declaración ha sido muy positiva y nos confirma muchas de las tesis que tenemos.
Que el redactor del PGOU reconozca que ya se sabía que la zona de Cabueñes iba a convertirse en zona urbana cuando Ovidio Blanco era arquitecto jefe es muy relevante.
Significa que el señor Blanco sabía que la finca que adquirió en la parroquia iba a estar afectada por el Plan
», valoraba ayer Concepción Trabado.

«Y, aunque niegue que haya tenido alguna intervención respecto al suelo urbanizable, el señor Blanco era perfectamente conocedor de que la parcela que había sido suya y lo volvería a ser después iba a obtener unas plusvalías importantísimas», añadió a la salida de los Juzgados.

Ovidio Blanco cogió la excedencia voluntaria como arquitecto jefe municipal en enero de 2004. Seis meses después adquiría en Cabueñes una parcela de 2.491 metros cuadrados.
Los vendedores fueron Horacio Costales de Arriba y los herederos del que había sido su socio en Hoyant, S. L., empresa con la que Blanco ya había llegado a acuerdos sobre esta misma finca en 1992 y 1998.
El terreno forma parte de una parcela de unos 25.000 metros cuadrados, conocida como La Llosona, que Hoyant, S. L. compró a la familia Vereterra en marzo de 1992.
Esta sociedad mercantil se lo vendía pocos días después al ex arquitecto jefe municipal por 7.513 euros.
En noviembre de 1998 se lo volvía a comprar por 8.414 euros.
Y en noviembre de 2004 se lo revendía por 20.434 euros. Según confirmaba ayer el redactor del PGOU, por entonces «el plan parcial de Cabueñes ya estaba dibujado en los planos, y no se cambió».

Ese plan parcial permite construir 655 pisos donde antes no se podía edificar, porque era suelo rústico.
Una de las promotoras interesadas en el desarrollo de esta nueva área residencial pagó a Ovidio Blanco por su parcela 617.420 euros. Hoyant, por su parte, ganó en la operación 5,5 millones.

«No sabía nada de la finca de Ovidio», aseguró ayer Luis Felipe Alonso Teixidor, que también aclaró: «Ovidio sólo nos trasladaba indicaciones relativas al ámbito urbano y a las ordenanzas.
Las cuestiones del ámbito rural (el más problemático) se trataban con la Alcaldesa; el concejal de Urbanismo de entonces, Jesús Morales, y el de Hacienda, Pedro Sanjurjo. Ovidio solía estar presente, pero no opinaba, porque no era asunto de él».

No sabe por qué vendió la finca por debajo de su valor

Costales no sabe por qué vendió a Blanco la finca un tercio por debajo de su valor

EUROPA PRESS GIJÓN


El gerente de Hoyant, Horacio Costales, no supo explicar hoy [24-9-2009], durante la declaración prestada en su domicilio, por qué según las escrituras su empresa vendió al ex arquitecto jefe municipal, Ovidio Blanco, la finca La Llosina en 1992 un tercio por debajo del valor que la había adquirido tres meses antes, confirmaron a Europa Press fuentes cercanas al caso.

Según las escrituras, Hoyant compró la finca La Llosona en diciembre de 1991 a un precio de 4,44 euros el metro cuadrado y vendió un parte a Blanco, tres meses después, el 13 de marzo de 1992, a 3,01 euros, pese a que supuestamente al segregarse la finca debería tener más valor.

Costales negó en este punto que se la hubiese vendido más barato y lo atribuyó a un posible error en las escrituras.

Por otro lado, su declaración contradijo a las anteriores de Blanco y la viuda y los herederos de su socio, Antonio Cueto. Costales aseguró que había tenido muy poco trato con el ex arquitecto municipal, dentro de su labor como responsable de Urbanismo.

No obstante, Blanco señaló ante el juez durante su testimonio que siempre había negociado con Costales las transacciones comerciales y que hasta casi el final no conoció a Cueto, mientras que Costales aseguró que él sólo pasó por el Ayuntamiento en seis o siete veces, ya que se ocupaba de las gestiones con Urbanismo su socio, 25 años más joven que él y que estaba más enterado de esas cosas.

También negó el compromiso adquirido con Blanco, tal como señalaron los herederos de Cueto, para revenderle la parcela al ex arquitecto jefe municipal, una vez que éste se la había vendido para hacerle un favor a la hora de presentar el recurso contra el Plan General de Ordenación Urbana y conseguir así que la finca sea urbanizable.

Sobre este asunto, Costales explicó que llamó a Blanco para preguntarle si la quería volver a comprar, ya que se había portado "bien" con ellos, por lo que consideraba que había que devolvérsela. En cuanto al precio, 20.000 euros, confesó que fue el asesor fiscal quien les aconsejó ese precio de cara a la declaración a Hacienda.

La declaración de Costales, que iba en zapatillas y sin afeitar, se prolongó durante más de dos horas en su domicilio, a donde se trasladó el juez que instruye el caso, Juan Laborda, personal del juzgado y los abogados que forman parte del proceso. El testigo declaró en su casa tras confirmar el informe forense que era mejor que lo hiciera en un ambiente "menos hostil" como su casa.

Fuentes de la Plataforma vecinal Contra el Muro de Cabueñes consultadas por Europa Press destacaron el cambio "positivo" en la actitud del juez, al permitir a los abogados una mayor participación y realizar más preguntas.

En cuanto a la declaración, señalaron que viene a confirmar "todos los supuestos de partida", que derivaron en el envío del caso al juez por parte de la Fiscalía, la cual apreciaba tres posibles delitos -cohecho, uso de información privilegiada y trato de favor- en la compraventa de una parcela hecha por Blanco, con la que obtuvo 600.000 euros de plusvalía.

Otras fuentes cercanas al caso resaltaron las contradicciones en las que incurrió Costales con respecto al testimonio del resto de testigos y del imputado, además de que no pudo precisar ciertos aspectos. También recalcaron el hecho del "trato de favor" hecho a Blanco y no a otro, al venderle la finca más barata, y el que quisiera "cargarle" a su socio fallecido la negociación con el arquitecto.

Por otro lado, queda por testificar el arquitecto responsable de la última modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), Luis Felipe Teixidor, quien declarará el caso 'Blanco' el próximo día 2 de octubre. Teixidor declarará por exhorto en Madrid, a petición del juez que instruye el caso, el titular del juzgado 5 de Instrucción de Gijón, Juan Laborda, al tener el testigo su residencia en la capital española.


Publicado en El Comercio el 24 de septiembre de 2009

Menudo lío, y todo por dar a la señora el gusto

COLECTIVO DE VEGA EN DEFENSA DEL MEDIO RURAL
Menudo lío!

Y todo por dar a la señora el gusto de tener un pradín donde plantar flores


¿Cómo es posible que pasen esas cosas?
Tener que explicar asuntos tan personales como lo que uno hace para satisfacer un caprichín de la señora!.
Compras una tierrina para que la parienta haga realidad su sueño de plantar flores, las cosas se enredan, la finca era un poco granduca, no habían pensado que cerrarla era un dinero, ni que los animales son unos desconsiderados.
Descartan la floricultura, ni una triste flor llegaron a tener, pero ahí no acabaron los problemas, la fortuna quiso que aquella finquina fuese apropiada para una buena cosecha de euros.
El atribulado marido hizo lo posible por evitar que ese fuese el cultivo intensivo en su propiedad, pero designios superiores hicieron inútiles su esfuerzos: allí se multiplicaban los euros.
Hombre generoso, sin pensar en el dinero, visto que su señora había perdido la ilusión por las flores, devuelve la finca a sus anteriores propietarios para facilitarles los preparativos de este nuevo cultivo. Poco después le recompensan el gesto y en esta ocasión, actuando como un responsable padre de familia, retoma la finca como un negocio.

La pobre señora llorando, consternada con lo que viene soportando su marido por haber sido amable con ella, sin conciencia de la cantidad de dinero que este desdichado episodio le ha proporcionado, ni siquiera reparó en el importe de los cheques que le entregaron… una pena!

Vamos a ver ¿a cuento de qué vienen todas estas intimidades? ¿Habría algún problema en que hubiese comprado la finca porque sí, porque le apeteció comprarla, porque estaba a muy buen precio? Y si la vendió porque le pareció conveniente, y la volvió a comprar porque era un buen negocio, qué?

Con esto del plan urbanístico hemos visto -y no ha tenido mayor importancia- como, de pronto, importantes personajes pensaron en criar caballos, compraron fincas para que pastasen sus futuras yeguadas y el destino les truncó la afición a los caballos antes de tener el primero, dejándoles de consuelo millones de euros de plusvalías.
Ya han explicado que los recalificadores recalifican como debe ser, como el que hace el bien sin mirar a quién; el pequeño problema es que recalifican en base a fórmulas exclusivas de semidioses e imposibles de traducir a criterios comprensibles para los mortales comunes.
Este es el origen de toda esta confusión: como no se entiende el criterio que guía los lápices de colores en su recorrido por los planos urbanísticos del municipio, se piensa que hay lugar para arbitrariedades, componendas y malas prácticas.
Por eso estos 600.000 euros ganados por un ex arquitecto municipal llegan al juzgado y dan lugar a tan lamentable estriptease familiar.

Lágrimas, disgustos, crisis de ansiedad, que no despejan las dudas sobre las prácticas recalificatorias, pero mantendrá ocupado un juzgado y entretenido al personal.
Mientras tanto cientos de millones de euros de dinero público - en el Musel, el Vasco, Juliana,…- circulan por caminos extraños a las leyes sin que nadie del sistema judicial considere necesario mirar su recorrido.
Mientras, las autoridades avanzan en negocios energéticos autorizados ignorando las leyes vigentes, negocios millonarios para unos pocos a costa de la destrucción del medio ambiente, de la salud, la seguridad y la caja común de los ciudadanos.

Pero la Justicia anda por las ramas, las de los cerezos comidos por los caballos que acabaron con la afición a las flores de la señora del arquitecto.


Enlaces a noticias de prensa relacionadas:

· Blanco dice al juez que la finca con la que ganó 600.000 euros era para recreo y jardín

· Ovidio Blanco: La primera compra fue para plantar flores y la segunda, un negocio

· Estoy orgullosa de mi marido a pesar de las calumnias

· El Juez pospone la declaración de Horacio Costales por una crisis de ansiedad


Publicado en DefensaRural.org, web del Colectivo de Vega en defensa del medio rural, el 7 de agosto de 2009