Aportación de Pruebas 4) EL ARRANQUE DEL PROCESO

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, concluída la testifical inicialmente considerada por el Juzgado de Instrucción Nº5 DP 2.843/09 (2/10/2009), y a la vista de las declaraciones efectuadas, realiza la aportación de nuevas pruebas.

Aportación de Pruebas

4) EL ARRANQUE DEL PROCESO: Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) DE XIXÓN

La Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes está en condiciones de sostener y acreditar que el imputado, Ovidio Blanco, antes de abandonar su puesto en el Ayuntamiento de Gijón, había dejado ya cerrados todos los trámites que garantizasen que la zona de Cabueñes, en la que además se encuentra su parcela, fuese considerada como urbanizable.

La aprobación de los Planes Generales de Ordenación Urbana, o sus revisiones, deben incluir una serie de pasos sucesivos en los que se permite la participación pública para poder formular sugerencias, alegaciones, o impugnaciones a dichas propuestas.

Así, lo primero que ocurre es la aprobación municipal de la Información Pública Previa (Avance del Planeamiento), que en este caso se produce el 15/12/2003, estando todavía en el Ayuntamiento Ovidio Blanco en el ejercicio de sus funciones.

El trámite inmediatamente posterior es la publicación en el BOPA de esa INFORMACIÓN PÚBLICA PREVIA, en la cual se incluye una memoria explicativa de las líneas generales del Plan a desarrollar, con reflejo de las líneas de actuación, acompañada de planos.
En este caso, es de destacar que el Sr.Teixidor, responsable de Adaptación del PGOU de Xixón, dice que no acompañó a su trabajo ningún plano que supusiera un compromiso territorial en esta fase, cuando sí que existieron dos planos, como podemos acreditar.
Y además uno de esos planos de la Información Pública Previa, el que trata de la propuesta (el otro es reflejo de la situación anterior), se encuentra con fecha, no de diciembre del 2003, sino del 2004, perteneciendo a la fase posterior de la APROBACIÓN INICIAL.
Esto, sumado a lo que diremos a continuación, nos lleva a la indudable conclusión que en diciembre del 2003, el Ayuntamiento de Xixón, todavía con Ovidio Blanco como arquitecto jefe, ya tenía toda la documentación de la aprobación inicial.


Esta Información Pública Previa se publicó en el BOPA el 19/12/2003 con un periodo de un mes para alegaciones, que finalizó el 19/01/2004.

Se recibieron numerosas reclamaciones, unas 370, según los datos que tenemos, y aún así, a los 6 días de finalizado el plazo, sólo 4 de ellos laborales, el Sr. Teixidor había entregado en el Ayuntamiento de Xixón su informe sobre las 370 sugerencias recibidas, así como, por triplicado, la documentación de Adaptación del PGOU para Aprobación Inicial, según manifestó en su declaración testifical.

Es totalmente imposible que pueda estar hecho en 6 días (incluyendo festivos), pues es un trámite que lleva de media unos 23 meses, como queda acreditado con los datos estadísticos de otros PGOU de la Comunidad Autónoma, lo que nos lleva a la necesaria conclusión que toda esta documentación ya estaba redactada y cerrada, y que la Información Pública Previa no tuvo el carácter de permitir sugerencias ciudadanas, pues ni si quiera hubo tiempo a despacharlas en los 6 días referidos.

Con posterioridad a la APROBACIÓN INICIAL que se publicó en el BOPA el 9/02/2004, se realizó la Aprobación Definitiva el 30/12/2007.

Estas fases quedan recogidas en el siguiente calendario, según las fechas oficiales recogidas en el expediente:

15/12/2003) Aprobación municipal.
19/12/2003) Inicio período Información Pública Previa mediante anuncio BOPA.
31/12/2003) Último día en el cual Ovidio Blanco Suárez ejerce como Jefe del Servicio Técnico Municipal de Urbanismo.
19/01/2004) Fin Período Información Pública. 370 sugerencias recibidas.
26/01/2004) Luis Felipe Alonso Teixidor (PAU LANDER SL) entrega al Ayuntamiento de Xixón su informe sobre las 370 sugerencias recibidas, así como, por triplicado, la documentación de Adaptación del PGOU para aprobación inicial












Cuatro días laborables (20 a 23/01/04) para, suponiendo que las sugerencias (algunas de ellas al menos) no hubieran sido remitidas por correo el último día hábil:
a) Copiar las 370 sugerencias recibidas y despachar el conjunto de Xixón a Madrid, sede del consultor.
b) Recibir, ordenar, estudiar, y estimar o desestimar las 370 sugerencias, ¿dejando constancia escrita del análisis?.
c) Trasladar las consideraciones estimatorias a la adaptación en curso, con revisión, es su caso, de memoria y/o planos.
d) Editar los voluminosos ejemplares (sobre todo en lo respecta a planos, en formato A1).
e) Revisar y corregir la edición.
f) Trasladar de Madrid a Xixón el conjunto y registrarlo.


Por todo ello, a juicio de la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes, los hechos ocurrieron realmente, de esta otra forma:


10/12/2003) Se inicia el proceso cuando se dispone de la documentación.
15/12/2003) Con dos días hábiles de intermedio, se aprueba abrir la Información Pública Previa, por el concejar Sr. Morales.


En el expediente administrativo abierto al imputado (Folio 301), se hace referencia a un plano






7. El 17 de octubre de 2003 (folio 161) fue presentado el documento de adaptación del PGOU ante la Comisión de Urbanismo, estando presente en dicho acto D. Ovidio Blanco y por resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 15 de diciembre de 2003 se dispone someter el documento a información pública por el plazo de un mes. En dicho documento, la parcela 228 del polígono 111 aparece bajo la clasificación de suelo urbanizable (plano al folio 136).



Ahora bien, el citado plano (asociado en al folio 136) no fue aportado por Teixidor a la Información Pública Previa, como resulta de su testifical (02/10/2009).






. . .
sí lo consulto y se planteó el tema y no recuerda el
momento, aunque sí recuerda que se ha hablado. El 19 de
diciembre de 2003 la información pública previa se
presenta y es aprobado por el Ayuntamiento y en Enero de
2004. La información pública previa va con una memoria y
llevaría alguna cartografía, no recuerda bien, pero no
aportaron ningún plano que comprometiese espacio. Tras la
información pública previa existe un plazo para
alegaciones. Se presentaron reclamaciones, las
alegaciones el Ayuntamiento se las remiten a ellos y
luego el Ayuntamiento las avala o no, suele llevar meses
en presentar los informes posteriores a las alegaciones.
. . .



La explicación a esta cuestión clave, el que aparezca en la Información Pública Previa un plano (de los dos que constan en el expediente, en ese momento, diciembre de 2003, uno no dispone de cajetín y es un reflejo de la situación territorial anterior; y el otro aparece con cajetín y fechado en 2004 que fija la propuesta de alteración de la adaptación en beneficio de Ovidio Blanco Suárez, está quizás en que ya estaba en Octubre en manos del imputado, Ovidio Blanco, y/o los concejales involucrados y la Alcaldesa (según Teixidor), pero desde luego en que ya obraba fehacientemente en el Ayuntamiento el 10 de diciembre, con el resto de la Documentación para Aprobación Inicial, que fue la que se entregó formalmente triplicada el 26/01/2004.






. . .
al letrado: Desde que fué adjudicatario del plan de
ordenación hasta que se realizó, con Ovidio Blanco no ha
tenido relación directa, ninguno de su equipo se reunió
con Ovidio Blanco y tiene constancia de ello, cuando se
reunía con Ovidio Blanco era en las reuniones con el Concejal de
urbanismo y a veces también con el concejal de Hacienda,
y a veces con el equipo de Gobierno por el tema de suelos
urbanizables, serían un par de ellas antes del verano del
2003 y otras dos posteriores. Las propuestas se presentan
. . .


Además, pese a la negativa del imputado a su participación en la dirección o control de las fases de la redacción del PGOU, en el mes de marzo del 2009, el diaro EL COMERCIO, publicaba lo siguiente:

Historia de una parcela
Son sólo 2.500 de los 250.000 metros del plan de Cabueñes, pero también el origen de la polémica
22.03.09 - O. E. GIJÓN


Pie de foto en El Comercio: Jesús Morales, Luis Felipe Teixidor, Pedro Sanjurjo y Ovidio Blanco observan los primeros planos del PGOU, en el mes de octubre de 2003. / J. BILBAO


Es evidente que el imputado, Ovido Blanco, ha tenido reuniones con el Sr. Teixidor y el Sr. Morales, pero no sólo porque así se reproduzca en esta fotografía, sino porque además, es parte de su trabajo realizar este tipo de controles, dentro de la responsabilidad asignada en todo proceso de modificación territorial en el concejo, en particular y en especial lo referido al PGOU. Como así aparece reflejado en el manual de funciones vigente del Ayuntamiento de Xixón.

Del examen de esos planos es evidente que existe una divergencia con los que existían con el anterior PGOU redactado por el Sr. Fernández Rañada, como se aprecia a continuación.



Plano Información Pública Previa (Diciembre de 2003). Sin transcendencia. Refleja el PGOU vigente. Plan RAÑADA 98.





Plano Información Pública Previa (Diciembre de 2003). Fechado en 2004 (AI). Fija los cambios en Cabueñes, inalterables en todo el proceso hasta 2007 sobre las fincas Hoyant / Ovidio Blanco suarez. Plan TEIXIDOR 2007.


Evidentemente, si Teixidor no aportó ningún plano que comprometiera espacio a la Información Pública Previa, alguien introdujo el Plano 02 de la Aprobación Inicial en dicha Información Pública Previa.

Y no solo eso, sino que el Ayuntamiento de Xixón, cuando la Plataforma Ciudadana contra el Muro de Cabueñes solicitó copia completa del expediente de Información Pública Previa, no se le entregó en su totalidad, sino que lo hizo hurtando los referidos planos.
Esa ‘copia completa’ no incluía lo que luego apareció en el expediente administrativo, lo que demuestra el conocimiento de Sanjurjo de la situación.
La pregunta es, ¿Qué es lo que se oculta y porqué?

Veamos lo que se intentó en vano ocultar





Documento Adaptacion Plan General











obsérvese que este documento esta sin fechar, lo cual es transcendente en estos momentos
(pulsar con el ratón para ampliar)








Es decir, toda la documentación correspondiente a la Aprobación Inicial de la Adaptación del PGOU ya estaba en el Ayuntamiento, si no en Octubre, el 10 de diciembre de 2003, en un Anexo 1.
Y en esa fecha el imputado, Ovidio Blanco, ejercía sus funciones plenamente con arquitecto jefe municipal.

De esa documentación forma parte el Plano 02, que se extrae de la Aprobación Inicial, para fijar el fraude de ley en la Información Pública Previa, la cual carece entonces de todo contenido y sentido, anulando ‘per se’ todo el proceso de tramitación de la Adaptación del PGOU.



Xixón despacha el proceso de la Información Pública Previa a la Aprobación Inicial en tres meses

Esa misma documentación es la que se aprueba en Pleno el día 09/02/2004, en otro ejercicio de agilidad temporal pocas veces observado en la administración pública.

Si nos remitimos a un documento estadístico de control de los procedimientos de Ordenación Territorial, el Estado del planeamiento general de los Concejos asturianos, observaremos que el promedio de plazo entre la convocatoria de la Información Pública Previa en el BOPA y la Aprobación Inicial es de más de 23 meses, para una población de muestra de 31 concejos, sobre los cuales se puede aplicar el cálculo en ese documento oficial.

Pues bien, Xixón, con el mayor parque de viviendas de Asturias (124.773 en esa fuente, a 2001, un 30% más que Uviéu), despacha ese proceso en 3 meses, algo que aún cumpliendo los plazos legales, aparentemente, desde el punto de vista material, es imposible, y desde el punto de vista de la actuación objetiva de la administración pública conculca las más elementales normas detransparencia, información y neutralidad.