La lucha continúa

SOS Cabueñes recalca que pese al archivo de la causa contra Blanco el contencioso contra el Plan Parcial continúa


La Plataforma contra del Muro de Cabueñes (SOS Cabueñes) ha llamado este miércoles la atención sobre supuestos 'errores' en los que cae el Auto de la Sección octava de la Audiencia Provincial de Asturias (Gijón) por el que se archiva el llamado caso 'Blanco' y resalta que, pese al sobreseimiento de esta causa, continúa abierto el proceso contencioso-administrativo contra el Plan Parcial de Cabueñes.
"La lucha continúa", afirma el colectivo vecinal a través de un comunicado.

El caso responde a la denuncia de SOS Cabueñes contra el ex arquitecto jefe de Gijón, Ovidio Blanco, por tres supuestos delitos, cohecho, uso de información privilegiada y tráfico de influencias, al obtener unas plusvalías de 600.000 euros por la compra-venta de una parcela en el ámbito del Plan Parcial de Cabueñes, desarrollo urbanístico contra el que también lucha la plataforma vecinal. La causa fue archivada por el Juzgado de Instrucción número 5 de Gijón y ahora la Audiencia ratifica esta decisión.

En cuanto a los supuestos 'errores', SOS Cabueñes hace hincapié en que cuando se razona la prescripción del delito de cohecho impropio, se dice que la segunda venta fue en 1994, cuando la fecha real es en 2004, además de no haber sido siquiera la última transacción de la finca.

Respecto al delito de cohecho propio, remarca el que se diga que "el imputado no tenía influencia, ni control ni intervención alguna sobre los trabajos efectuados por los técnicos" de la empresa contratada, cuando era la Jefatura de Servicio en la que estaba el imputado la que dirigía realmente el trabajo.

También muestra su sorpresa sobre que aún reconociendo la posibilidad de que el imputado usara información privilegiada sobre la recalificación de la parcela, se sostenga que el delito esté prescrito al haberse formulado la denuncia en 2009, sin considerar que la consumación del mismo fue cuando obtuvo la ganancia de la plusvalía en 2006.

Además, se queja de que el Auto afirme que no se puede demostrar el tráfico de influencias y recalque que no existía relación de ningún orden entre la empresa consultora y el imputado, cuando una de sus funciones era el "emitir preceptivamente informe técnico sobre todos los expedientes que se tramiten relativos a la aprobación o modificación de figuras de planeamiento de todo tipo y escala, desde planeamiento general hasta estudios de detalle y actuaciones aisladas en suelo urbano", según el Manual de funciones municipal.

Por todo ello, SOS Cabueñes lamenta que el Auto no hubiese profundizado más en todas las pruebas documentales, periciales y testificales y adelanta que harán un mayor esfuerzo de obtención de nuevas pruebas que acrediten todavía con mayor rigor la comisión de los hechos delictivos por parte de los denunciados en este procedimiento.


Publicado en El Comercio el 5 de octubre de 2011