El juez niega a la defensa del «caso Blanco» la petición de archivo y prescripción de delitos
- «Es prematuro y precipitado», dice Juan Laborda sobre el sobreseimiento de la causa contra el ex arquitecto municipal
- Cree «de todo punto inviable» que hayan caducado los supuestos de cohecho, tráfico de influencias e información privilegiada
El magistrado Juan Laborda considera que «no ha lugar al sobreseimiento y archivo de las diligencias previas» correspondientes al llamado «caso Blanco». Echa así por tierra una de las estrategias utilizadas por el abogado Luis Tuero para defender al que fuera arquitecto jefe del Ayuntamiento. Ovidio Blanco, en excedencia como funcionario municipal desde enero de 2004, está imputado por tres posibles delitos: cohecho, tráfico de influencias y uso de información privilegiada. Su representante procesal pedía el pasado 15 de octubre que se diese carpetazo a la causa por falta de indicios y pruebas.
Para el juez que instruye el caso, sin embargo, «la consideración o convicción de inexistencia de indicios de que se hubiesen perpetrado los delitos investigados, formulada en esta etapa del procedimiento, debe de calificarse como de precipitada y prematura». Laborda hace suyos los «atinados» argumentos de la acusación pública, ejercida por el fiscal Luis Miguel Llorente, que se opone a la petición de sobreseimiento «teniendo en cuenta que la fase investigadora de las presentes diligencias previas aún no ha concluido».
El Ministerio Fiscal le recuerda, además, a la defensa que este procedimiento penal se inició «sin que la defensa articulara la oportuna pretensión impugnatoria». Por tanto, habrá que esperar a que las actuaciones de la instrucción finalicen para determinar si hay o no motivos para abrirle un juicio oral a Ovidio Blanco. El ex arquitecto jefe municipal está bajo sospecha por una serie de operaciones de compraventa que le reportaron 600.000 euros de plusvalías.
Los hechos investigados se remontan a marzo 1992. Entonces, la mercantil Hoyant S. L. adquiría en Cabueñes la finca conocida como La Llosona. Días después le vendía a Ovidio Blanco una parte de 2.491 metros cuadrados. El terreno volvía a manos de Hoyant en octubre de 1998.
Y Blanco lo recompraba en julio de 2004, cuando ya no trabajaba para el Ayuntamiento y estaba en tramitación el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que recalificó La Llosona como suelo edificable multiplicando su valor casi por 100. Ese Plan acaba de ser anulado judicialmente.
La Plataforma contra el Muro de Cabueñes, contraria a que se construyan pisos en la parroquia, fue tirando de la madeja hasta sacar a la luz pública esta secuencia de operaciones, que culmina con la venta del terreno a la promotora Reyal Urbis.
La Fiscalía, a la que acudieron el Ayuntamiento y el Partido Popular, cursó una denuncia penal partiendo de las pruebas documentales que aportaron los vecinos. Entre agosto y noviembre, el Juzgado de Instrucción número 5, encargado del caso, ha citado a declarar a ocho personas. El primero ha sido Ovidio Blanco.
Además de defender su inocencia y el consiguiente sobreseimiento de la causa, el penalista Luis Tuero ha tratado de convencer al juez de que los delitos que se le imputan al ex arquitecto jefe municipal han prescrito. Alegato que el abogado Ángel Bernal, que ejerce la acusación particular en nombre del Ayuntamiento de Gijón, apoyó en lo que se refiere al tráfico de influencias y al uso de información privilegiada, pero no al cohecho.
Para el juez y el fiscal, sin embargo, la solicitud de prescripción «resulta de todo punto inviable» en los tres supuestos de delito. El auto dictado por Juan Laborda, que el juzgado de instrucción número 5 trasladaba a las partes esta misma semana, se remite a la doctrina del Tribunal Supremo: «Mientras no se produzca una calificación definitiva de los hechos, una vez que finalice la fase instructora, se tratará de una calificación de hechos con apariencia delictiva necesariamente sujetos a un juicio provisional».
En definitiva, no puede hablarse de plazo de prescripción sin que antes se determine cuál es el delito y el tipo de pena que le corresponde.
Los hechos
- Se remontan a 1992, cuando Ovidio Blanco compra a la mercantil Hoyant S. L. una finca en Cabueñes.
- Hoyant la recompra en 1998 y se la vuelve a vender al ex arquitecto jefe del Ayuntamiento en 2004.
- Por entonces, Blanco llevaba meses en excedencia como funcionario municipal y estaba tramitándose la recalificación del terreno, que multiplicó su valor casi por 100.
- Blanco obtuvo unas ganancias de 600.000 euros y Hoyant, de 5,5 millones. Ambos vendieron a Reyal Urbis, una de las promotoras que se mostraron interesadas en construir pisos en la parroquia.
- El encargado de instruir el caso, como titular del Juzgado número 5 de Gijón, es el magistrado Juan Laborda. El Ministerio Fiscal está representado por Luis Miguel Llorente.
- De la defensa se ocupa Luis Tuero, que ha solicitado el sobreseimiento de la causa por falta de pruebas y la prescripción de los delitos.
- El Ayuntamiento está personado como acusación particular a través del abogado Ángel Bernal.
- Concepción Trabajo y Pedro Muñiz ejercen la acusación popular en nombre de la Plataforma contra el Muro de Cabueñes y el PP, respectivamente,
- Se ha tomado declaración a Ovidio Blanco y a su mujer; al administrador de Hoyant y a su esposa, a la viuda e hijos del otro socio de la empresa, fallecido en 1999; y al redactor del PGOU.
- La Plataforma quiere que declaren también la alcaldesa, Sanjurjo y Morales, cuya comparecencia también pide el PP.
Publicado en La Nueva España el 26 de diciembre de 2009